¿Está realmente protegida su vivienda frente a un terremoto?
Tener un seguro no siempre significa conocer exactamente qué está protegido. Identificar qué póliza tiene su vivienda, qué cubre, cuál es el valor asegurado y qué condiciones aplican puede marcar una gran diferencia frente a una emergencia.
Después de un terremoto, una de las primeras preguntas que puede hacerse un propietario es: ¿mi vivienda está asegurada y quién responde por los daños?
La respuesta depende del tipo de seguro contratado, de sus coberturas, del valor asegurado, de los deducibles y de las condiciones particulares de cada póliza.
El tema es especialmente relevante en Colombia. De acuerdo con Fasecolda, con corte a marzo de 2026 se estimaba que alrededor del 9,3 % de las viviendas del país contaba con algún tipo de seguro de hogar.
Para Santander, comprender el riesgo también resulta particularmente importante. El Servicio Geológico Colombiano informó en agosto de 2026 que cerca del 45 % de la sismicidad registrada en Colombia se concentra en el denominado Nido Sísmico de Bucaramanga, ubicado debajo del municipio de Los Santos, Santander.
Pero el verdadero reto no consiste solamente en saber si existe un seguro.
Consiste en entender qué seguro tenemos y qué protege realmente.
¿Qué seguro tiene realmente su vivienda?
La Dra. Karina Tatiana Reyes, gerente general de Inmobiliaria Esteban Ríos SAS y expresidenta de la Junta Directiva de Fedelonjas, ha señalado que uno de los principales problemas después de un evento de esta naturaleza es precisamente el desconocimiento de los propietarios sobre el tipo de póliza que tienen y el alcance real de su cobertura.
En Colombia pueden concurrir diferentes seguros alrededor de una misma propiedad: un seguro voluntario de hogar, un seguro de incendio y terremoto asociado a un crédito hipotecario y, en inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, el seguro correspondiente a los bienes comunes de la copropiedad. Incluso pueden existir varios seguros sobre una misma vivienda.
Por eso, más que preguntar solamente “¿tengo seguro?”, un propietario debería saber responder:
¿Qué póliza tengo, qué bienes protege, cuál es el valor asegurado, qué deducibles aplican y qué exclusiones establece?
¿El seguro asociado al crédito hipotecario cubre la vivienda?
Sí protege el inmueble frente a los riesgos contratados, pero es necesario revisar las condiciones de la póliza.
Fasecolda explica que mientras exista un crédito hipotecario, la vivienda debe estar asegurada contra riesgos como incendio y terremoto y precisa que este seguro protege el inmueble en su valor comercial, no únicamente la deuda con el banco.
Si se presenta un siniestro y procede una indemnización, la entidad financiera puede recibir hasta el valor de la deuda pendiente. Si existe un excedente, este corresponde al propietario o deudor asegurado, según las condiciones del contrato.
Esto no significa, sin embargo, que todos los bienes que se encuentran dentro de la vivienda estén automáticamente incluidos. Los muebles, electrodomésticos y otros contenidos pueden requerir coberturas específicas.
Por eso es fundamental leer la póliza y no suponer su alcance.
¿La póliza de la copropiedad cubre todo mi apartamento?
No necesariamente.
En los edificios y conjuntos sometidos al régimen de propiedad horizontal, el seguro obligatorio protege los bienes comunes asegurables contra incendio y terremoto. Esto puede incluir, entre otros elementos, ascensores, escaleras y pasillos, parqueaderos comunes, zonas de circulación, piscinas, gimnasios, salones comunales, jardines, fachadas, cubiertas y techos.
La protección de las áreas privadas, mejoras realizadas dentro del apartamento o contenidos particulares dependerá de las pólizas contratadas y de sus condiciones específicas.
La existencia de un seguro de copropiedad no significa necesariamente que el apartamento y todo lo que contiene estén cubiertos en su totalidad.
¿Un contrato de administración inmobiliaria significa que mi vivienda está asegurada contra terremotos?
No debe asumirse.
La Dra. Karina Tatiana Reyes ha advertido expresamente que los propietarios no deben dar por hecho que la garantía que acompaña un contrato de administración inmobiliaria protege automáticamente la estructura de una vivienda.
Como explica la Dra. Karina, se trata de riesgos diferentes y, por tanto, requieren coberturas diferentes.
Esta diferencia es especialmente importante para los propietarios de inmuebles destinados al arrendamiento: la administración de una propiedad y su aseguramiento son dos asuntos distintos que deben revisarse por separado.
¿Qué puede cubrir un seguro de hogar frente a un terremoto?
Depende de la póliza contratada.
Fasecolda explica que el seguro voluntario de hogar puede proteger la vivienda, dentro de su cobertura principal, contra incendio y terremoto según el valor asegurado contratado. Dependiendo de la póliza, también puede incorporar coberturas para contenidos, muebles y enseres, equipos eléctricos y electrónicos y otros bienes.
Determinadas pólizas pueden incluir además amparos relacionados con remoción de escombros, alojamiento temporal, gastos de arrendamiento o responsabilidad civil.
Estos beneficios no deben darse por hechos, porque dependen de las condiciones particulares de cada contrato.
¿Tener seguro significa que recibiré el 100 % del valor de los daños?
No necesariamente.
La indemnización depende, entre otros factores, del valor asegurado, las coberturas contratadas, las condiciones de la póliza y los deducibles aplicables.
Las fuentes consultadas también señalan que, cuando corresponda, pueden existir coaseguros que incidan en el monto final de la indemnización. Por eso, deducibles y coaseguros deben identificarse y revisarse directamente en las condiciones de la póliza.
Otro concepto fundamental es el infraseguro.
Fasecolda explica que existe infraseguro cuando un bien está asegurado por un valor menor al que realmente tiene. Si ocurre un daño, la aseguradora puede aplicar una regla proporcional, por lo que la indemnización podría ser inferior al valor total de la pérdida.
Por eso no basta con contratar una póliza y olvidarse de ella.
También es importante revisar periódicamente el valor por el cual está asegurado el inmueble.
¿Qué hacer si un terremoto afecta su vivienda?
Primero, proteger la vida. No se debe ingresar a una vivienda o edificio afectado hasta que sea seguro hacerlo y deben seguirse siempre las indicaciones de las autoridades. Nadie debe exponerse a un riesgo para obtener fotografías o evidencias.
Después, documentar los daños. Cuando sea seguro acceder al inmueble, conviene tomar fotografías y videos de las afectaciones y conservar documentos y soportes relacionados con el daño.
Luego, identificar la póliza y contactar a la aseguradora. La Dra. Karina Tatiana Reyes ha señalado que el siguiente paso es notificar el siniestro a la aseguradora o al intermediario a través de los canales habilitados y conservar el número de radicado.
Antes de realizar reparaciones importantes, consulte con la aseguradora. Las reparaciones urgentes pueden realizarse cuando sean necesarias para proteger la vida, la seguridad o evitar que el daño aumente; en la medida de lo posible, es recomendable documentarlas y conservar los soportes de los gastos.
¿Solo tengo tres días para avisar o reclamar?
No. Avisar un siniestro y presentar una reclamación no son lo mismo.
Frente al terremoto del 10 de agosto de 2026, Fasecolda aclaró específicamente que, por tratarse de un hecho notorio y ampliamente conocido, el aviso del siniestro durante los tres días no aplica como una condición que haga perder el seguro.
La Federación también recomienda informar a la aseguradora lo antes posible para recibir orientación y coordinar adecuadamente el proceso de reclamación.
Respecto de los términos legales, el artículo 1081 del Código de Comercio contempla una prescripción ordinaria de dos años y una prescripción extraordinaria de cinco años, con condiciones y momentos de inicio diferentes. Por esta razón, ante un caso concreto, lo recomendable es revisar la póliza y consultar directamente a la aseguradora.
Conocer su póliza también es proteger su patrimonio
Los terremotos no pueden predecirse indicando con exactitud cuándo, dónde y con qué magnitud ocurrirán. Lo que sí podemos hacer es prepararnos y conocer mejor cómo está protegido nuestro patrimonio.
En una región con una actividad sísmica tan significativa como Santander, revisar el seguro de una vivienda no debería ser una tarea reservada para después de una emergencia.
Saber qué póliza tenemos, qué bienes están amparados, por qué valor, qué deducibles aplican y qué debemos hacer frente a un eventual siniestro permite tomar decisiones con mayor información.
Porque proteger una vivienda no comienza cuando ocurre una emergencia.
Comienza mucho antes, entendiendo exactamente qué tenemos y cómo está protegido.
Preguntas frecuentes sobre seguros de vivienda y terremotos en Colombia
¿Qué cubre un seguro de vivienda contra terremotos en Colombia?
Depende de la póliza. Un seguro voluntario de hogar puede proteger la vivienda frente a incendio y terremoto y, según lo contratado, incluir contenidos y otras coberturas adicionales.
¿El seguro de la copropiedad cubre completamente mi apartamento?
No necesariamente. El seguro obligatorio de la copropiedad protege principalmente los bienes comunes asegurables. Las áreas privadas, contenidos y mejoras deben revisarse de acuerdo con las pólizas correspondientes.
¿El seguro hipotecario solo protege al banco?
No. Fasecolda establece que el seguro de incendio y terremoto asociado al crédito protege el inmueble en su valor comercial. En caso de indemnización, el banco puede recibir hasta el valor de la deuda pendiente y un eventual excedente corresponde al propietario o deudor asegurado.
¿Qué es el infraseguro?
Es la situación en la que un bien está asegurado por un valor inferior al que realmente tiene. Si ocurre una pérdida, puede aplicarse una regla proporcional y la indemnización ser menor al valor total del daño.
¿Pierdo el seguro si no aviso del terremoto en tres días?
Fasecolda aclaró para el terremoto del 10 de agosto de 2026 que no se pierde el seguro por no haber dado aviso durante los tres primeros días, al tratarse de un hecho notorio. Sin embargo, recomienda comunicarse con la aseguradora lo antes posible.
¿Por qué es importante revisar el seguro de vivienda en Santander?
El Servicio Geológico Colombiano señala que cerca del 45 % de la sismicidad registrada en Colombia se concentra en el Nido Sísmico de Bucaramanga, localizado debajo de Los Santos, Santander.
Fuentes consultadas
Fasecolda – Federación de Aseguradores Colombianos
“Todo lo que debe saber sobre el sismo”. Información sobre seguros de vivienda, seguros asociados a créditos hipotecarios, propiedad horizontal, infraseguro, procedimiento frente a un siniestro y aclaración sobre el aviso de tres días.
Fasecolda – Federación de Aseguradores Colombianos
“Así avanza la atención de las aseguradoras a los afectados por el sismo”. Fuente del dato sobre el porcentaje estimado de viviendas colombianas con seguro de hogar.
https://www.fasecolda.com/asi-avanza-la-atencion-de-las-aseguradoras-a-los-afectados-por-el-sismo/
Fasecolda – Federación de Aseguradores Colombianos
“¿Qué seguros protegen su vivienda ante un terremoto? Fasecolda explica”. Información complementaria sobre seguros y términos asociados a las reclamaciones.
https://www.fasecolda.com/que-seguros-protegen-su-vivienda-ante-un-terremoto-fasecolda-explica/
Servicio Geológico Colombiano – SGC
“¿Qué es el Nido Sísmico de Bucaramanga?”. Fuente sobre la concentración de actividad sísmica en la región de Santander.
https://www2.sgc.gov.co/Noticias/Paginas/Que-es-el-Nido-Sismico-de-Bucaramanga.aspx
Servicio Geológico Colombiano – SGC
Información institucional sobre sismos y la imposibilidad de predecir con exactitud cuándo, dónde y con qué magnitud ocurrirá un terremoto.
https://www2.sgc.gov.co/Noticias/Paginas/Sismo-de-magnitud-7-4-el-SGC-resolvio-las-preguntas-mas-frecuentes-para-entender-el-evento.aspx
Pulzo
“Problema con seguros de vivienda después de terremoto en Colombia”. Artículo con declaraciones de la Dra. Karina Tatiana Reyes, gerente general de Inmobiliaria Esteban Ríos SAS y expresidenta de la Junta Directiva de Fedelonjas.
https://www.pulzo.com/economia/problema-con-seguros-vivienda-despues-terremoto-colombia-PP5293460








